Page 6 - Brújula Energética - Julio 2023
P. 6

FLASH POINT


             FLASH POINT





                  CONSEJO EDITORIAL



            En días pasados, la Segunda Sala de la Suprema Corte
            de  Justicia  de  la  Nación  (SCJN)  otorgó  un  amparo  a
            un  grupo  de  empresas  que  solicitaron  protección  de  la
            justicia federal en contra de la eliminación de la regulación
            asimétrica relativa a Petróleos Mexicanos en el mercado de
            combustibles.
            Lo anterior se derivó de la publicación en el Diario
            Oficial  de  la  Federación  en  mayo  de  2021,  en  la  que  se
            reformaba  el  artículo  decimotercero  transitorio de la Ley
            de Hidrocarburos. Así mismo, la Comisión Reguladora de
            Energía (CRE) emitió el acuerdo A/015/2021, en el que dejó
            sin efectos los acuerdos y resoluciones que establecían
            medidas asimétricas en contra de Petróleos Mexicanos
            (Pemex) y sus subsidiarias. Esto en virtud de que el Congreso
            de la Unión consideró que existía suficiente participación
            de otros competidores en el mercado de hidrocarburos, por
            lo que daba por terminadas las facultades de la CRE para
            emitir regulación asimétrica en materia de hidrocarburos.

            Ahora bien, ¿qué es la regulación asimétrica y cuáles son los
            efectos de la sentencia de la Suprema Corte de la Nación que
            invalida la reforma a la Ley de Hidrocarburos y el Acuerdo
            de la CRE, ambos publicados en 2021? Dando respuesta a
            la primera interrogante, esta es la medida adoptada por el
            Gobierno a través de los órganos reguladores que pretende
            equilibrar (en este caso) las fuerzas de competencia de los
            participantes  en  el  mercado  de  hidrocarburos.  Dicho  de
            otra forma, busca suavizar los efectos que juegan en favor
            de  la  empresa  con  mayor  fuerza  o  presencia  dominante
            en el mercado, como lo es Pemex, y permitir la entrada de
            nuevos competidores, disminuyendo e incluso eliminando
            las  barreras  de  entrada  al  mercado  de  hidrocarburos  en
            todos sus ámbitos, creando una competencia más efectiva.
            La sentencia emitida por la SCJN declara inconstitucional
            la  reforma  al  artículo  decimotercero  transitorio  de  la  Ley
            de Hidrocarburos y otorga amparo a los solicitantes al
            determinar que el Congreso de la Unión es incompetente
            para dejar sin efectos la facultad de la CRE para establecer
            medidas asimétricas, a la vez que deja insubsistente el
            Acuerdo A/015/2021 de la CRE.
            En  breve  estaremos  en  presencia  de  los  cambios  que  el
            Gobierno Federal tendrá que realizar para dar cumplimiento
            con el restablecimiento de la regulación asimétrica.



              6                                                                                         JULIO 2023
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11