Page 18 - Brújula Energética - Octubre 2021
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EXPERTO EN MATERIA
ENERGÍA Y SEGURIDAD NACIONAL:
ENTRE EL INTERÉS NACIONAL Y LA
CERTEZA JURÍDICA
El 4 de mayo de 2021 se publicaron reformas a la Ley de Hidrocarburos
(LH), entre las que destacan modificaciones relativas a los permisos
otorgados con base en esta legislación.
Estos cambios conceden a las autoridades En principio, parece existir un vínculo de bienes se apegue al artículo 29.
la facultad de “ocupar temporalmente” los entre esta disposición y el artículo 29 Otro escenario sería considerar que los
bienes, derechos e instalaciones de los constitucional, relativo a la suspensión supuestos de la LH operan de manera
permisionarios por causas no imputables de derechos y garantías. La mención casi independiente, situación que podría
a estos, en supuestos como guerra, idéntica de la guerra, desastres naturales derivar en conflictos judiciales.
desastres naturales, graves alteraciones y graves alteraciones del orden público
del orden público o ante riesgos inminentes como situaciones que justificarían un Más complejo resulta el supuesto
para la seguridad nacional, energética o acto de molestia, sus consecuencias relativo a los riesgos para la seguridad
para la economía nacional. Frente a estas (afectación de los derechos de propiedad nacional, energética o para la economía,
disposiciones es pertinente analizar los y posesión de particulares) y la jerarquía en tanto que dichas justificaciones no se
supuestos que, en su caso, permitirían de normas que demanda el apego estricto mencionan expresamente como tales en
a dichas autoridades fundar y motivar a la Constitución y los tratados de la Constitución. De los tres conceptos, la
posibles actos de molestia en perjuicio de los derechos humanos de los que México sea seguridad nacional es el mejor regulado y
gobernados. parte, parecen requerir que la ocupación definido en la legislación mexicana.
Mtro. Sergio Estrada Rojas
Profesor del Tec de Monterey
18 OCTUBRE 2021