Page 8 - Revista Brújula Energética - Diciembre 2018
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FINANZAS PARA MORTALES
Por Fernando Joachin Jiménez
Fuente: Lic. Carlos I. López J. Responsabilidad
fiscal de las empresas. Práctica de Actualización
Fiscal, 125: 15-18. Octubre/2018.
IEPS
para estímulo fiscal DIÉSEL
El artículo 16, apartado A, fracción IV, de la LIF, otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que
importen o adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas, siempre que estos combustibles sean
utilizados para combustión automotriz en vehículos destinados exclusivamente al transporte
público o privado, en las siguientes modalidades: personas, carga, o turístico.
En este punto, es de resaltarse que la norma no condiciona que la actividad del contribuyente
sea exclusivamente la prestación de servicios de transporte público o privado en alguna de las
modalidades ya descritas, sino que los vehículos que utilicen los combustibles en cuestión sean
destinados exclusivamente a la realización de dichos servicios.
Estímulo fiscal a aplicar
Este beneficio fiscal consiste en permitir el acreditamiento contra el ISR propio o retenido a
terceros, el IEPS causado en cualquiera de los siguientes actos:
Tipo IEPS a acreditar Observaciones
Causado por personas que enajenen
diésel o biodiésel y sus mezclas en terri- No aparecerá desglosado en forma
Adquisición torio nacional, en los términos la LIEPS, expresa y por separado en el CFDI res-
artículo 2.º, fracc.I, inciso D, numeral 1, pectivo (art. 19, fracc. II, LIEPS).
subinciso C, o numeral 2.
El pagado en la aduana por la El IEPS se refleja en el pedimento de
Importación importación. importación correspondiente.
Cuotas vigentes de IEPS
Las cuotas de IEPS aplicables a la enajenación o importación de combustibles, previstas en los
incisos D y H de la fracción II del artículo 2 de la LIEPS, son actualizadas por la autoridad fiscal
cada año, bajo el procedimiento establecido en el artículo 17-A del CFF, es decir, tomando el INPC
anterior al mes de diciembre del año previo por el cual se calcula la actualización, entre el INPC del
mes anterior a diciembre del penúltimo ejercicio por el que se realiza tal cálculo.
Las cuotas vigentes a partir del 1.º de enero de 2018, fueron dadas a conocer por la SHCP el
pasado 29 de diciembre de 2017 mediante el “Acuerdo 136/2017 por el que se actualizan las
cuotas especifican en materia del impuesto especial sobre producción y servicios”.
Para estos efectos, la autoridad determinó el factor de actualización siguiente:
Concepto Mes INPC utilizado
Mes reciente del periodo Diciembre de 2017 130.044 (noviembre de 2017)
Entre
Mes antiguo del periodo Diciembre de 2018 121.953 (noviembre de 2016)
8 DICIEMBRE 2018